IVA a tipo cero en las donaciones en especie.
El pasado 10 de abril de 2022, a través de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, entraron en vigor dos modificaciones relevantes en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (“Ley del IVA”) que afectarán a la tributación de las donaciones de productos a entidades no lucrativas en este impuesto.
La primera de ellas modifica la regla 3.ª del artículo 79.Tres de la Ley del IVA, que establece una regla especial de determinación de la base imponible en los supuestos de autoconsumo de bienes que hubiesen experimentado alteraciones como consecuencia, entre otros, de su utilización, deterioro o revaloración. En este artículo se añade un nuevo apartado que establece que si la donación de un producto se realiza a favor de una entidad no lucrativa de las definidas en el artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (“Ley 49/2002”), es decir, entre otras, a fundaciones acogidas al régimen especial, y el producto donado se destina por dichas entidades a sus fines de interés general, se presumirá que ha tenido lugar un deterioro total del mismo. Como resultado de esta presunción, la base imponible del autoconsumo externo de bienes, derivado de la donación, será cero.
La segunda modificación consiste en la inclusión un nuevo apartado Cuatro en el artículo 91 de la Ley del IVA, que regula los tipos impositivos, para establecer que se aplicará el tipo del 0% a las donaciones de bienes realizadas a las entidades no lucrativas citadas anteriormente. En este caso, también se condiciona la aplicación de este tipo impositivo a que los bienes se destinen a los fines de interés general que desarrollen las entidades donatarias.
Modificación del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio y del mecenazgo cultural y de sus incentivos fiscales en la Comunidad Foral de Navarra.
El pasado 21 de abril de 2022 se publicó en el Boletín Oficial de Navarra la Ley Foral 10/2022, de 7 de abril, de modificación de la Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio y de la Ley Foral 8/2014, de 16 de mayo, reguladora del mecenazgo cultural y de sus incentivos fiscales en la Comunidad Foral de Navarra (BON de 21 de abril de 2022), entrando en vigor al día siguiente, si bien surtirá efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2022.
Tal y como reza su exposición de motivos, ésta norma tiene por objeto ampliar el régimen del mecenazgo al medioambiental, para contribuir a la necesaria consolidación y al fortalecimiento de las entidades sin ánimo de lucro de este sector, como uno de los ejes clave para el desarrollo económico y la cohesión social.
Para más información podéis consultar el siguiente documento de actualidad normativa disponible en Abc Fundaciones.