El pasado 21 de febrero se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, que entró en vigor el 22 de febrero.
El nuevo marco normativo centra la ayuda al desarrollo en aspectos como la salud global o las crisis alimentarias, así como persigue fomentar las alianzas entre actores. Asimismo, la nueva Ley de Cooperación da rango legal al compromiso adquirido por España de destinar el 0,7% de la Renta Nacional Bruta a Ayuda Oficial al Desarrollo en 2030.
Además, esta Ley servirá como marco para la elaboración de cuatro Reales Decretos que desarrollarán su contenido. Estas disposiciones estarán dedicadas a la reforma de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), la normativa de subvenciones, la cooperación financiera y un nuevo Estatuto de las Personas Cooperantes.
En particular, éste último pretende reconocer el papel fundamental de los trabajadores al servicio de la cooperación. Se introducirán mejoras en sus condiciones laborales y se sentarán las bases de una carrera profesional para asegurar la atracción, retención, capacitación y promoción del talento.
Con la reforma de la AECID se persigue reforzar este organismo como piedra angular del sistema y generadora de alianzas.
En cuanto a la reforma de la cooperación financiera, el objetivo es hacerla más ágil, eficaz y en línea con los modelos de otros Estados europeos y otros organismos multilaterales.
Y, por último, la reforma de la normativa de subvenciones en materia de cooperación descentralizada incrementa la transparencia de la Cooperación Española, ya que la dotará de nuevos instrumentos para mejorar la evaluación, el seguimiento y la rendición de cuentas, acercando el trabajo de la cooperación a la ciudadanía.
La nueva Ley incluye nuevos instrumentos de coordinación, concertación y colaboración entre actores. En particular, apuesta por reforzar el papel de la cooperación descentralizada. Por un lado, la acción de las Comunidades Autónomas se desarrollará según sus respectivos Estatutos de autonomía y leyes autonómicas. Por otro, se da acceso a las Comunidades Autónomas a participar en programas de cooperación delegada de la Unión Europea, en los términos que establezca la legislación comunitaria y de modo consensuado con el Estado, y de otros organismos multilaterales.